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UNIVERSIDAD DE VOON -GERMANY 2010

El derecho penal del enemigo ¿avance o retroceso?

EL DERECHO PENAL DEL ENEMIGO SEGUN GUNTHER JAKOBS .

Publicado: 2018-03-10


Mi nombre es PIERO PACHECO HUACA

En el presente artículo abordaremos un tema importante en materia penal

Relataremos un poco sobre la historia, evolución y desarrollo y futuro

Del

DERECHO PENAL DEL ENEMIGO

Infinidad de filósofos han adscrito a esta tesis

Tales como

-platón

-Hobbes

Sin embargo, diremos que a lo largo de la historia y en especial

A partir del 2001 luego del fatídico atentado de las torres gemelas

El derecho penal se ve en un quiebre y surge la figura del profesor alemán Gunter Jacobs

El derecho penal del enemigo entonces saca su partida de nacimiento en el año 2001.

Lo cual implica el adelantamiento de las barreras de punibilidad

Castigando cualquier tipo de comportamiento, especialmente aquellos que están alejados de la lesión y del bien jurídico

Llegado a este punto diremos que este es el contra de esta tesis

Por qué a diferencias de las otras escuelas Jacobs lo que plantea es suprimir el concepto de persona al delictuoso es decir a la persona que ha cometido el delito y por ende merece una sanción

Sanción que hasta antes de que se enunciara esta teoría era la que únicamente delimitaba el código penal de acuerdo con el principio de territorialidad.

Por lo tanto, Jacobs considera que el hombre no es persona.

Esta tesis se caracteriza por ser discriminativa jurídicamente, delimita y excluye los conceptos de libertad humana, personas, punibilidad.

Algunos juristas de renombre como muñoz conde o zafaronni rechazan parcialmente la tesis del derecho penal del enemigo.

El derecho penal de enemigo se limita a atestiguar la realidad una suerte de escribanía compuesta por tecnicismo, exclusiones y otros tipos normativos que influencia en el derecho penal.

Breve reseña del derecho penal del enemigo:

-En 1931 Luis Jiménez de azua luego de dar una magistral conferencia en la universidad nacional de córdoba se desplaza a Madrid para dar su historia disertación sobre LA TEORIA DEL DELITO en definitiva este sería el punto inicial de los quiebres del derecho penal.

-En 1940 Sebastián zoler publica su primer libro sobre la teoría del delito siendo el primer escritor nacionalizado argentino que habla sobre la teoría del delito.

-luego también en la década del 40 también son importantes los aportes de Antón oveck

-en 1950 existe un protagonismo en la escuela del derecho procesal penal

-en 1963 en Santiago de chile Novoa Montreal logra reunir a los grandes juristas de Latinoamérica para iniciar el código penal tipo un código penal para Latinoamérica años después sin mucho éxito.

Muchos años después en 1980 se nos presenta un zafaronni innovador critico el cual ya había escrito su manual, por parte de Perú el profesor peña cabrera, villamon lucia en Bolivia, Velázquez Velázquez en Colombia

Zafarroni embarca la llegada de los derechos humanos.

Es así que para el nuevo milenio se volcar el derecho penal del enemigo conforme a los acontecimientos en principio citados de las torres gemelas y pese a que el comon law aplicado en los estados unidos es un sistema del cual diferimos se retorna a un sistema inquisitivo

Llegado a este punto expondremos las conclusiones:

1-la distinción entre persona y no persona (la cual influenciara directamente en el legislador al momento de crear una nueva ley que diferencie ambos tipos)

2-el derecho penal del enemigo genera una anticipación del peligro castigando a estos sujetos delictuosos sin que el delito se haya concretado.

3- LA APLICACIÓN DE PENAS SEVERAS A LOS CONSIDERADOS ENEMIGOS DEL ESTADO.

Por lo tanto diremos que el derecho penal del enemigo es una teoría que existe y que los operadores jurídicos tenemos que tomar en cuenta por que en el día a día del ejercicio de la profesión nos veremos con casos que nos traerán a la mente múltiples problemas a lo cual la doctrina nos otorgara muchas soluciones una de las cuales en materia penal es esta teoría , expreso mi beneplácito y agradezco al tiempo tomado en la lectura de este artículo mostrando mi disponibilidad para absolver a esta duda al correo pieropacheco19@gmail.com y en mi canal de YouTube piero pacheco siempre dispuesto a colaborar al acerbo jurídico

10-03-2018

Ciudad de buenos aires -república federal argentina

PIERO PACHECO HUACA


Escrito por

Piero Pacheco Huaca

PIERO PACHECO HUACA - FACULTAD DE DERECHO UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES CONTACTO: pieropacheco19@gmail.com


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